Gaceta Oficial N°43.380: tasas de interés aplicables a relación de trabajo para abril 2026 y tarjetas de crédito para mayo de 2026
En Gaceta Oficial N°43.380, de fecha 21 de mayo de 2026, fue publicado el Aviso Oficial del Banco Central de Venezuela (BCV) mediante el cual se informa al público en general las tasas de interés aplicables a las obligaciones derivadas de la relación de trabajo para abril 2026 y las tasas de interés para operaciones con tarjetas de crédito correspondientes al mes de mayo de 2026.
BANCO CENTRAL DE VENEZUELA
AVISO OFICIAL
El Banco Central de Venezuela informa al público en general:
A. TASAS DE INTERES APLICABLES A LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LA RELACION DE TRABAJO
1. Tasa activa estipulada durante el mes de abril de 2026 aplicable a los supuestos a que se refieren los artículos 128, 130, 142 literal f), y 143 Cuarto Aparte, del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras.
58,91%
2. Tasa promedio entre la activa y la pasiva estipulada durante el mes de abril de 2026, aplicable al supuesto a que se refiere el Tercer Aparte del artículo 143 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras.
47,46%
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B. TASAS DE INTERES PARA OPERACIONES CON TARJETAS DE CREDITO
1. Tasa de interés activa máxima anual a ser aplicada por las instituciones regidas por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Instituciones del Sector Bancario y demás leyes especiales, por las operaciones activas con tarjetas de crédito que regirá para el mes de mayo de 2026.
60,00%
2. Tasa de interés activa mínima anual a ser aplicada por las instituciones regidas por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Instituciones del Sector Bancario y demás leyes especiales, por las operaciones activas con tarjetas de crédito que regirá para el mes de mayo de 2026; sin perjuicio de las tasas de interés mínimas activas especiales dictadas por el Banco Central de Venezuela mediante Avisos Oficiales emitidos al efecto, y aquellas autorizadas por este instituto a ser aplicadas de conformidad con lo previsto en el Segundo Aparte del artículo 96 del antedicho Decreto Ley.
17,00%
3. Tasa de interés máxima que podrán cobrar las instituciones regidas por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Instituciones del Sector Bancario y demás leyes especiales, por las obligaciones morosas de sus tarjetahabientes para el mes de mayo de 2026.
3,00%








